Alta dotación: Más allá de la inteligencia |
Publicado por Juan A. Alonso (juanalonso) el 01/01/2011 |
El trabajo permanente durante más de 20 años dentro de la educación especial, me llevó a extrapolar esta situación y preguntarme, porqué niños y niñas con altas capacidades, talentos y creatividad sobresalientes carecen de un sistema educativo que dé atención a sus necesidades educativas específicas.
“Pasó el tiempo… y me preocupó la situación de exclusión de la niñez con Alta dotación y talentos sobresalientes, dentro del universo de educandos con necesidades educativas especiales que requieren de una atención también especial; comencé a investigar sobre el tema, producir materiales escritos y audiovisuales, a hacer vinculaciones con expertos internacionales y desarrollar procesos de formación docente sobre el tema”.
Implicaciones de la nueva ley
Los esfuerzos emprendidos, dieron origen a un proyecto de ley que asumí como un reto profesional y personal.
En 10 meses, abanderada de las investigaciones, el trabajo de sensibilización a nivel nacional, capacitaciones a docentes, asesoría al Consejo Superior de Educación, CSE y trabajo constante, logré con el apoyo de la comisión legislativa de “Ciencia, tecnología y educación”, el ambiente político necesario para la aprobación en la Asamblea Legislativa de la Ley No. 8899 denominada: Promoción de la Alta Dotación, Talentos y Creatividad en el Sistema Educativo Costarricense, avalada por la presidencia de la República de Costa Rica el pasado 21 de diciembre, 2010.
¿Qué dice la Ley No. 8899, recientemente aprobada?
La Ley de Promoción de la Alta Dotación, Talentos y Creatividad en el Sistema Educativo Costarricense, promueve la Identificación y atención temprana del alumnado con alta dotación y talentos específicos en los centros escolares regulares del sistema educativo nacional.
Esta legislación se presenta ante el sistema educativo nacional como un gran reto, pues se ha carecido hasta el momento de políticas educativas específicas para la atención de estos casos especiales.
Anteriormente, en el 2009 el Consejo Superior de Educación, ente que estipula las políticas nacionales en educación pública en Costa Rica, me solicitó una propuesta y consultoría especializada, para orientar las decisiones más pertinentes en este tema.
Los aportes compartidos con ellos/as fueron recibidos con beneplácito en el CSE y a partir de estos, a lo interno del Consejo Superior de Educación, se ha evidenciado un alto grado de sensibilización y disposición para considerar las necesidades y las tareas pendientes en materia de alta dotación y talento infantil.
La Ley 8899, contempla dentro de sus artículos fundamentales, que el Ministerio de Educación Pública (MEP) debe realizar una atención temprana, individualizada, completa y oportuna en los casos de educandos con alta dotación con el fin de propiciar una atención verdaderamente inclusiva en el sistema educativo.
La nueva Ley señala que para ello, el MEP deberá establecer los criterios y mecanismos de evaluación psicopedagógicos para identificar a las y los estudiantes con alta dotación, talentos y creatividad con el fin de maximizar sus aptitudes y capacidades.
El Estado además, estará en la obligatoriedad de capacitar y formar a docentes de los centros educativos que tendrán a cargo la formación de los niños y niñas con alta dotación para ofrecer una educación con calidad a esta población.
En una entrevista telefónica, el secretario del Consejo Superior de Educación, Ricardo Ramírez, celebró la ley que fortalecerá el sistema educativo nacional, sin embargo, lamentó que esta normativa no se hiciera extensa también a nivel universitario para que el trabajo en escuelas tenga una continuidad a nivel de educación superior.
“Preocupa el seguimiento a nivel universitario, pues el MEP implementará las políticas para desarrollar las capacidades y talentos en un niño y al ingresar a la universidad no tendrá la misma atención, pues según la ley, las Universidades no están obligadas en el tema”, aseveró Ramírez.
Acotó que el Consejo se avoca actualmente a analizar la ley y añadió que con anterioridad han comenzado a revisar los perfiles docentes desde la óptica del MEP incluyendo ahora los lineamientos sobre alta dotación dentro de estas revisiones.
“Lo importante en este momento es asesorar al personal y dotarles de las herramientas necesarias para lograr una formación y capacitación efectiva y pertinente.
Krissia Morales proponente del proyecto de Ley 17.582 y legisladora Elibeth Venegas.
www.ficomundyt.org/media/Reglamento_de_la_Ley_8899_Costa_Rica.pdf
Último cambio: 15/05/2015 el 5:03 AM
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